Más indemnizaciones por accidentes a familiares con la nueva ley

 

indemnizaciones por accidentes a familiares

A partir del 1 de enero de 2016 entrará en vigor la nueva Ley del baremo de accidentes. Tendrá, según fuentes del sector, un impacto notorio sobre las indemnizaciones por accidente a familiares. Si desea que le enviemos un presupuesto de nuestros servicios (no  olvide que Vd. tiene cubiertos por su Aseguradora los gastos de asistencia jurídica y puede designar al Abogado que prefiera sin tenerse que someter a los asignados por su Compañía) pinche aquí.

¿Van a cobrarse más indemnizaciones por accidentes a familiares?

De manera genérica podemos decir que sí. De hecho, se espera un aumento del importe de las indemnizaciones de más o menos un 12% comparada con la ley anterior en caso de lesiones y un 50% en caso de fallecimiento. La última ley del 95 era totalmente obsoleta, sobre todo si comparamos con otros países de la Unión Europea. Les detallamos los cambios que contempla la nueva ley.

Cambios de la nueva ley del baremo de accidentes

Lo más importante es que a partir de ahora, la ley establece lo siguiente:

1-Ampliación de las personas potencialmente beneficiarias

grafico 2 familiares indemnizados

De manera general, se amplían las personas beneficiarias. Tendrán derecho a beneficiarse de una indemnización por fallecimiento en accidentes:

  • las parejas estables (del mismo sexo o no),
  • las amas de casa,
  • los menores que convivan en familias de acogida y aunque no sean sus padres biológicos la persona que falleció.
  • Los hermanos mayores de edad.

Esto significa que si algunos menores pierden a su madre en un accidente de tráfico, para dar un ejemplo, y en consecuencia, pierden capacidad adquisitiva por la falta de ingresos de aquella, deberían poder seguir desarrollando las mismas actividades que venían haciendo sin que la falta de ingresos mencionada debiera afectarles, como por ejemplo, seguir yendo al mismo colegio, aunque fuera privado.

2- Incorporación en la indemnización “de lo que se deja de ganar” (lucro cesante)

grafico 1 victimas accidentes de trafico

Le ponemos un ejemplo. Imaginemos que una persona tiene un accidente de tráfico. Por culpa de las lesiones derivadas del accidente, no gana lo que iba a ganar si no hubiese tenido el accidente. Este lucro cesante se contempla por la ley: tiene derecho a una indemnización.

3- Se contemplan los gastos de los lesionados en el tiempo

A partir de ahora, se tendrán en cuenta algo básico que la ley anterior no contemplaba: las lesiones pueden generar gastos durante toda la vida. Para dar un ejemplo común, los cambios de prótesis serán serán abonados por las aseguradoras durante el tiempo que se estime que serán necesarios y cuantos recambios sean requeridos.

Eso sí, puede ser que este cambio de ley repercute en el precio de los seguros.

Más información pinchando aquí.

Fuente:

http://economia.elpais.com/economia/2015/12/20/actualidad/1450632607_905934.html

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Un comentario:

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