Procedimiento para reclamar una indemnización por un accidente de tráfico a partir del día 1-1-2016
1.- Plazos de formulación de la demanda
En el plazo de 1 año desde la fecha del accidente, deberá formularse reclamación conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 35/15, a la Aseguradora del vehículo responsable del siniestro, con carácter previo a la interposición de una Demanda. Esta reclamación debe contener unos requisitos exigidos por la Ley, por lo que es recomendable que acuda a un Abogado especializado en esta materia.
2.- Plazo de contestación de la Aseguradora
En el Plazo de 3 meses la Aseguradora deberá contestar en uno de los siguientes sentidos:
- Aceptando la responsabilidad y formulando una oferta indemnizatoria motivada, cuyo pago no se podrá condicionar a la renuncia al ejercicio de futuras acciones en el caso de que la oferta fuere inferior a la que en derecho pueda corresponderle.
- Rehusando la reclamación por no considerarse culpable del accidente, no asegurar el vehículo contrario, etc… En este caso, podrá acudirse a la Demanda Judicial.
3.- ¿Qué pasa si la Aseguradora no está conforme?
Si la Aseguradora ha formulado una Oferta Motivada y se está conforme con la misma, se llevarán a cabo las gestiones encaminadas al cobro de aquella, pero en caso de que no se esté conforme con la cantidad ofrecida, caben 2 opciones:
- Solicitar un informe pericial al Instituto de Medicina Legal, cuyo coste lo abonará la Aseguradora.
- Contratar un Perito Médico Particular. En este caso, su pago correrá de cuenta del lesionado.
En ambos casos se emitirá un informe, del que se dará nuevamente cuenta a la Aseguradora a la que se está reclamando.
4.- Plazo para la respuesta de la Aseguradora
A la vista de este nuevo informe, la Aseguradora contraria dispondrá de 1 mes para notificar una nueva respuesta, bien ratificando la anterior, bien ofreciendo otra cantidad indemnizatoria.
5.- Vía judicial
Si no se estuviese de acuerdo tampoco con esta oferta, finalmente se abre la vía judicial para el lesionado, que podrá preferir la mediación judicial.
NO SE ADMITIRÁN A TRAMITE LAS DEMANDAS EN LAS QUE NO SE ACREDITE HABER SEGUIDO EL ANTERIOR PROCEDIMIENTO, por lo que recomendamos que nos consulte desde el primer momento para dirigir adecuadamente su reclamación a fin de conseguir la máxima indemnización para Vd. y los suyos.